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Segunda Parte. Los Sacramentos: La Fe Celebrada

Absolución del Sacerdote

Tras confesar nuestros pecados al sacerdote, recibimos de él ánimo

para nuestro crecimiento moral y espiritual. El sacerdote entonces nos

impone una penitencia y nos pide que recemos un Acto de Contrición.

Seguidamente el sacerdote imparte la absolución, es decir, nos libera de los

pecados, haciendo uso del poder que Cristo encomendó a la Iglesia y por

medio del cual él perdona los pecados del penitente (cf. CIC, no. 1424).

En la Iglesia latina, el sacerdote, representando a Cristo y ofreciéndonos

su perdón, nos absuelve de nuestros pecados con estas palabras:

Se le denomina

sacramento de conversión

porque realiza

sacramentalmente la llamada de Jesús a la conversión, la

vuelta al Padre del que el hombre se había alejado por el

pecado. Se denomina

sacramento de la Penitencia

porque

consagra un proceso personal y eclesial de conversión, de

arrepentimiento y de reparación por parte del cristiano

pecador. Es llamado

sacramento de la confesión

porque la

declaración o manifestación, la confesión de los peca­

dos ante el sacerdote, es un elemento esencial de este

sacramento. En un sentido profundo este sacramento es

también una “confesión”, reconocimiento y alabanza de la

santidad de Dios y de su misericordia para con el hombre

pecador. Se le llama

sacramento del perdón

porque, por

la absolución sacramental del sacerdote, Dios concede al

penitente “el perdón y la paz”. Se le denomina

sacramento

de reconciliación

porque otorga al pecador el amor de

Dios que reconcilia: “Dejaos reconciliar con Dios” (2 Co

5:20). El que vive del amor misericordioso de Dios está

pronto a responder a la llamada del Señor: “Ve primero

a reconciliarte con tu hermano”. (CIC, nos. 1423-1424,

citando Mt 5:24)

¿CÓMO SE LLAMA ESTE SACRAMENTO?