NOTAS: CAPÍTULO 5
1
NBFDP, núms. 41-44. “Con la admisión entre los aspirantes al diaconado comienza
un período propedéutico, que deberá tener una duración conveniente. Es un período
en el que se deberá iniciar a los aspirantes en un más profundo conocimiento de la
teología, de la espiritualidad y del ministerio diaconales y se les invitará a un
discernimiento más atento de su llamada.” El período propedéutico puede compararse
al programa preseminarista en la formación sacerdotal o al postulantado en la vida
religiosa.
2
Ibíd.
3
Cf. CL, 1-2.
4
NBFDP, núm. 16.
5
NBFDP, núm. 51.
6
Ibíd., núm. 44 (equipo de formación, supervisor y pastor).
7
Ibíd., núms. 41, 44.
8
Ibíd., núm. 37.
9
Ibíd., núms. 41-44.
10
PDV, núm. 43.
11
Ibíd.
12
ADUS.
13
Ibíd., núm. 22.
14
El aspirante debe expresar sus motivos y razones para sus peticiones; si es casado,
debe indicar su reconocimiento del impacto de la ordenación y el ministerio
diaconales en su matrimonio y en su familia; también debe declarar que ha recibido
consentimiento de su esposa; si no es casado, debe manifestar que comprende el
significado de la ordenación y el ministerio diaconales, y que entiende y es capaz de
vivir la exigencia del celibato perpetuo.
15
CL, Adjunto I, 14. La esposa debe declarar su consentimiento a la petición de su
esposo de entrar como candidato para formación; también debe expresar claramente
que ella entiende el significado de la ordenación y el ministerio diaconales, y su
impacto en su matrimonio y en su familia.
16
Las siguientes evaluaciones se efectuarán, algunas anualmente, y se mantendrán en el
archivo permanente del aspirante y del candidato:
a.
Evaluación e informes escritos del supervisor pastoral
b.
Evaluaciones parroquiales escritas preparadas por el párroco y el personal de
la parroquia
c.
Si es pertinente, una evaluación escrita del rector de cualquier casa de
formación previa, o un informe similar del director de formación diaconal en el cual
el aspirante o candidato haya participado previamente
d.
Si el aspirante viene de otra iglesia diocesana, debe obtenerse una carta de
recomendación de su párroco anterior, y además debe consultarse con las oficinas de
vocaciones y diaconado de esa iglesia
e.
Una evaluación de las aptitudes del aspirante o candidato para predicar,
catequizar y evangelizar
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