IV. Organización diocesana para la formación después de la ordenación
Programa diocesano para después de la ordenación
253. Con la aprobación del obispo diocesano, se debe desarrollar anualmente un programa
para la formación permanente de los diáconos. Deben considerarse las exigencias del
ministerio pastoral de los diáconos, las distancias que deben viajar, la frecuencia de las
reuniones, el compromiso de tiempo con sus familias y su empleo secular, así como las
diferentes edades y necesidades de los diáconos. En algunos lugares se debe dar seria
consideración a la colaboración regional e interdiocesana.
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El uso de módulos de
aprendizaje a distancia también debe explorarse, especialmente cuando el viaje es difícil.
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Políticas diocesanas
254. Cada Iglesia diocesana debe establecer un mínimo básico de horas de educación
continua que todos los diáconos diocesanos en servicio activo deben completar.
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Esto debe
ser adicional al tiempo fijado para el retiro anual de la comunidad diaconal.
Modelos de formación permanente
255. Algunas veces, el itinerario de la formación diaconal para después de la ordenación
puede lograrse en común con los sacerdotes, religiosos y laicos de la diócesis para aumentar
la formación ministerial cooperativa en la diócesis. Esta iniciativa emplearía los recursos de
la diócesis de un modo prudente.
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Sin embargo, es necesario ser sensibles al tiempo
disponible de los diáconos que están comprometidos en empleos seculares. En otras
ocasiones, programas de formación continua deben ser especialmente diseñados para los
diáconos y particularmente dirigidos para los ministerios de la palabra, de la liturgia y de la
caridad.
256. Los modelos presentados anteriormente para la formación de los aspirantes y los
candidatos se prestan para emplear una metodología de formación permanente. Algunas
posibilidades pueden incluir lo siguiente:
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