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(si los hubiese), procesos para la evaluación, una lista de las personas que guiarán

este itinerario de formación y sus capacidades profesionales y el manual para el

aspirante (si lo hubiese)

-

El itinerario del candidato para su formación, especificando la duración del

programa, horas de contacto para la formación, descripción de los cursos y

metodología según las directrices dadas en las

Normas básicas para la formación

de diáconos permanentes

y en este

Directorio

, una lista del cuerpo docente y de

su capacidad académico-profesional, el modelo o modelos seleccionados para la

formación, procesos de evaluación, una lista de los libros de texto requeridos y el

manual para el candidato (si lo hubiese)

-

Una declaración del obispo sobre la verificación de los cursos de estudio que se

obtuvieron por medio de la educación a distancia o seminarios por internet

-

El programa para la formación espiritual en cada itinerario de la formación; el

nombre y las aptitudes del director espiritual

-

El nivel y el contenido de la participación de las esposas y las familias en el

programa de formación, incluyendo cualquier política requerida para la

participación de las esposas

-

El director del personal del diaconado y sus aptitudes; las estructuras previstas

para la formación para después de la ordenación; las medidas para el cuidado

pastoral de los diáconos en su ministerio y vida después de la ordenación; el

programa para los recién ordenados; supervisión y revisión del decreto de

nombramiento; procesos para la evaluación; formación espiritual, intelectual y

pastoral continua así como la capacitación personalizada; programas vigentes de

formación para las esposas y familias; cuidado especial para los diáconos que

están enfermos, viudos o jubilados así como también para las viudas de diáconos;

inclusión de los diáconos dentro de las estructuras diocesanas; una copia del

formulario usado al preparar el convenio ministerial escrito.

-

Una descripción de la aplicación de la ley particular que rige a los diáconos,

según fue aprobada por la

Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos

y

aplicada dentro de la diócesis.

-

Una copia del manual de políticas para el personal diaconal con las políticas y los

procedimientos que rigen el ministerio y la vida del diacono después de su

ordenación (si lo hubiese)

-

Planes para la evaluación periódica y programada del programa de formación

-

Procedimientos empleados para mantener una lista de los diáconos con sus tareas

ministeriales; cuidado pastoral para los diáconos jubilados o viudos, así como

para aquellos que viven fuera de la diócesis

(

Directorio nacional para la formación, ministerio y vida de los diáconos permanentes

en Estados Unidos

, Apéndice I)

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