Capítulo 20. El Sacramento del Orden
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los fieles” porque toda la Iglesia participa de él. Para fortalecer este
sacerdocio, Cristo da a su Iglesia los ministerios ordenados de los obispos,
sacerdotes y diáconos mediante el sacramento del Orden. Solo los
obispos y sacerdotes ordenados pueden ser ministros de la Confirmación
(o Crismación), de la Eucaristía, del sacramento de la Penitencia y la
Reconciliación y del sacramento de la Unción de los Enfermos. Solo
los obispos pueden ordenar diáconos, sacerdotes y otros obispos. “El
sacerdocio ministerial difiere esencialmente del sacerdocio común de los
fieles porque confiere un poder sagrado para el servicio de los fieles. Los
ministros ordenados ejercen su servicio en el pueblo de Dios mediante
la enseñanza (
munus docendi
), el culto divino (
munus liturgicum
) y por
el gobierno pastoral (
munus regendi
)” (CIC, no. 1592). Los diáconos
en la Iglesia latina pueden bautizar y ser testigos del sacramento del
Matrimonio, como lo hacen los sacerdotes y obispos.
El obispo y el sacerdote ordenados sirven a la Iglesia en la persona
de Cristo como cabeza del Cuerpo. “Por el ministerio ordenado,
especialmente por el de los obispos y los presbíteros, la presencia de Cristo
como cabeza de la Iglesia se hace visible en medio de la comunidad de
los creyentes” (CIC, no. 1549). El sacramento no preserva a la persona
ordenada de la debilidad y el pecado, pero el Espíritu Santo garantiza
que el pecado del ministro no impida la efectividad del sacramento y
sus gracias. Los ordenados están llamados a una vida de santidad y a
una actitud de humildad que los conforma a Cristo en cuyo sacerdocio
participan. El sacerdote actúa no solo en la persona de Cristo, Cabeza
de la Iglesia, sino también en nombre de la Iglesia cuando presenta ante
Dios la oración de la Iglesia, especialmente en la Eucaristía.
LA ORDENACIÓN
Que todos reverencien a los diáconos como a Jesucristo,
como también al obispo, que es imagen del Padre, y a los
presbíteros como al senado de Dios y como a la asamblea
de los apóstoles: sin ellos no se puede hablar de Iglesia.
—CIC, no. 1554, citando a San Ignacio de
Antioquía,
Trallianois
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