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Capítulo 20. El Sacramento del Orden

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los fieles” porque toda la Iglesia participa de él. Para fortalecer este

sacerdocio, Cristo da a su Iglesia los ministerios ordenados de los obispos,

sacerdotes y diáconos mediante el sacramento del Orden. Solo los

obispos y sacerdotes ordenados pueden ser ministros de la Confirmación

(o Crismación), de la Eucaristía, del sacramento de la Penitencia y la

Reconciliación y del sacramento de la Unción de los Enfermos. Solo

los obispos pueden ordenar diáconos, sacerdotes y otros obispos. “El

sacerdocio ministerial difiere esencialmente del sacerdocio común de los

fieles porque confiere un poder sagrado para el servicio de los fieles. Los

ministros ordenados ejercen su servicio en el pueblo de Dios mediante

la enseñanza (

munus docendi

), el culto divino (

munus liturgicum

) y por

el gobierno pastoral (

munus regendi

)” (CIC, no. 1592). Los diáconos

en la Iglesia latina pueden bautizar y ser testigos del sacramento del

Matrimonio, como lo hacen los sacerdotes y obispos.

El obispo y el sacerdote ordenados sirven a la Iglesia en la persona

de Cristo como cabeza del Cuerpo. “Por el ministerio ordenado,

especialmente por el de los obispos y los presbíteros, la presencia de Cristo

como cabeza de la Iglesia se hace visible en medio de la comunidad de

los creyentes” (CIC, no. 1549). El sacramento no preserva a la persona

ordenada de la debilidad y el pecado, pero el Espíritu Santo garantiza

que el pecado del ministro no impida la efectividad del sacramento y

sus gracias. Los ordenados están llamados a una vida de santidad y a

una actitud de humildad que los conforma a Cristo en cuyo sacerdocio

participan. El sacerdote actúa no solo en la persona de Cristo, Cabeza

de la Iglesia, sino también en nombre de la Iglesia cuando presenta ante

Dios la oración de la Iglesia, especialmente en la Eucaristía.

LA ORDENACIÓN

Que todos reverencien a los diáconos como a Jesucristo,

como también al obispo, que es imagen del Padre, y a los

presbíteros como al senado de Dios y como a la asamblea

de los apóstoles: sin ellos no se puede hablar de Iglesia.

—CIC, no. 1554, citando a San Ignacio de

Antioquía,

Trallianois

3, 1