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46. La persona humana no es sólo sagrada, sino también social. El desarrollo
humano pleno se lleva a cabo en relación con los demás. La
familia
—basada
en el matrimonio entre un hombre y una mujer— es la primera y fundamental
unidad de la sociedad y es un santuario para la creación y crianza de los niños.
Debería ser defendida y fortalecida, y no redefinida, socavada o distorsionada
aún más. El respeto a la familia debería estar reflejado en cada política y
programa. Es importante defender los derechos y responsabilidades de los
padres de familia de cuidar a sus hijos, incluyendo el derecho a elegir la
educación de sus hijos.
47. La forma en que organizamos nuestra sociedad —en las áreas económica,
política y legislativa— afecta directamente el bien común y la capacidad de
los individuos de desarrollar su potencial pleno. Cada persona y asociación
tiene el derecho y la obligación de participar activamente en la formación de
la sociedad y de promover el bienestar de todas las personas, especialmente de
los pobres y los vulnerables.
48. El principio de subsidiaridad nos recuerda que las instituciones más
grandes de un país no deberían abrumar o interferir con las instituciones que
son más pequeñas o tienen carácter local. Sin embargo, las instituciones más
grandes tienen responsabilidades esenciales cuando las instituciones locales
no pueden adecuadamente proteger la dignidad humana, responder a las
necesidades humanas y promover el bien común (
Centesimus Annus
, no. 48;
Dignitatis Humanae
, nos. 4-6).
El bien común
Por bien común se entiende “el conjunto de condiciones de la vida social que hacen
posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil
de la propia perfección” (
Gaudium et Spes
, no. 26). . . . El bien común se puede
considerar como la dimensión social y comunitaria del bien moral.
(
Compendio de la doctrina social de la Iglesia
, no. 164)
49. La dignidad humana es respetada y el bien común promovido sólo si
se
protegen los derechos humanos y se cumplen las responsabilidades básicas
.
Cada ser humano tiene el derecho a la vida, un derecho fundamental que hace
posibles todos los demás derechos, y el derecho a tener acceso a aquellas cosas